Debido a que ninguna Ley regula a las financieras, muchas se basan en estos vacios legales para cobrar interesas de entre 99 y 120 por ciento anual, sin contar con los gastos moratorios excesivos y gastos de cobranza, que les imponen a los clientes. Muchas veces los usuarios son amenazados por los estos gestores de cobranza que “ocupan notificaciones intimidatorias” para intimidar a sus deudores, incurriendo en la violación del artículo 226 del código, penal, señala la dirección de la Condusef.
Las
agencias de cobranza generalmente envían avisos de notificación, incluso hay
legado a usar notificaciones intimidatorias como “Proceso de embrago”
“Exigencia de pago de manera Extrajudicial” entro otros, con el fin de
atemorizar a los deudores con el fin de que paguen los atrasos en las que han
incurrido.
Este
tipo de notificaciones, las amenazas a los clientes de ser boletinados al Buró
de Crédito, así como las constantes llamadas telefónicas por parte de los
gestores de cobranza y agencias de cobro, son violatorios al artículo 226 del
Código Penal, reconoce la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los
Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).
Alberto
Rodríguez, encargado de esta dependencia, invitó a afectados que han sufrido
estos atropellos a denunciar los hechos ante esta dependencia, pues todo tipo
de notificaciones son un abuso contra los ciudadanos.
Agregó
que estos actos intimidatorios que violentan dicho artículo, estipula que para
ser efectivo un derecho o pretendido derecho que deba ejercitar, empleare
violencia, se le a aplicará prisión de tres meses a un año, o de 30 a 90 días
de multa.
No
obstante, como ninguna Ley regula a los interés de las financieras, están se
exceden en el cobro de los intereses de
los prestamos que le dan a los solicitantes, los cuales van del 99 a 120 por
ciento en algunos casos.
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